El Papa permite a los sínodos destituir a sus patriarcas

El Papa permite a los sínodos destituir a sus patriarcas

El Papa León XIV emite una Carta Apostólica que faculta a los Sínodos de Obispos para destituir Patriarcas en situaciones de grave crisis eclesial.

El 29 de agosto, el Papa León XIV emitió una Carta Apostólica en forma de motu proprio, titulada Mutua concordia, que concede a los Sínodos de Obispos de las Iglesias Católicas Orientales la facultad de destituir a sus respectivos Patriarcas. Esta medida se toma con el objetivo de "restaurar la comunión herida, incluso mediante la destitución del Patriarca por causa grave", en situaciones donde el "vínculo" entre el Patriarca y el Sínodo esté "irreparablemente comprometido".

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En tales circunstancias, será necesario que el Pontífice romano otorgue su asentimiento al juicio del Sínodo. La modificación de los cánones 106 y 126 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales establece que los Sínodos de Obispos podrán, a través de "un procedimiento ordenado", destituir a un Patriarca si su relación con el Sínodo se encuentra en una situación de grave crisis.

Garantías de defensa y procedimiento

Este proceso garantiza al Patriarca "el derecho a una defensa completa ante el Sínodo". Sin embargo, la decisión final sobre la destitución deberá ser aprobada por el Papa, quien asegurará que la libertad de los Padres para expresar su elección esté garantizada, sin presiones internas o externas.

El Pontífice ha ordenado la inclusión de un nuevo párrafo, el §3, que se añadirá después del §2 del Canon 106. Este nuevo apartado establece que "si el Patriarca no cumple con las obligaciones" estipuladas por el Código, "el Sínodo de Obispos de la Iglesia patriarcal podrá ser convocado legalmente por el Obispo más antiguo en términos de ordenación episcopal y que tenga derecho a voto".

Procedimiento de destitución y votación

El Canon 126 ha sido modificado para incluir un nuevo párrafo que estipula que "por una causa grave" reconocida como tal por el Sínodo de Obispos, dicho Sínodo podrá solicitar al Patriarca que renuncie a su cargo. Si el Patriarca no accede a esta solicitud, el Obispo más antiguo en términos de ordenación episcopal organizará la elección de un nuevo Presidente, el cual someterá la destitución del Patriarca a una votación secreta de al menos dos tercios de los miembros del Sínodo con derecho a voto, respetando al mismo tiempo el derecho del Patriarca a defenderse ante el Sínodo.

El Presidente del Sínodo será responsable de informar al Papa, quien deberá dar su "asentimiento a la destitución, lo que dejará vacante la sede patriarcal". El motu proprio subraya la importancia de una relación armoniosa entre el Patriarca y el Sínodo de Obispos para asegurar una vida eclesial fructífera.

Contexto y alcance de la reforma

El Código de Cánones de las Iglesias Orientales no contemplaba previamente un procedimiento para el caso de que "el vínculo sagrado entre el Pater et Caput y los demás Obispos se viera irreparablemente comprometido", lo que ha llevado a la necesidad de establecer un conjunto de normas que regulen la situación en caso de un conflicto irreconciliable.

Las disposiciones del motu proprio tienen como finalidad fortalecer las prerrogativas del Sínodo de Obispos de las Iglesias Católicas Orientales, dotándolas de un nuevo poder acorde con su naturaleza como Iglesias sui iuris, mientras que el Papa asume un papel de garante. Estas disposiciones también se aplican, por su propia naturaleza, a las Iglesias archiepiscopales mayores.

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