La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a Custodio Ballester y a otros dos acusados de incitación al odio por sus críticas al islam.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha dictado sentencia absolutoria para Custodio Ballester, otro sacerdote y el director de un medio digital, quienes enfrentaban acusaciones de incitación al odio contra el islam. La fiscal del caso, María Teresa Verdugo, había solicitado una pena de tres años de prisión y una multa de 3.000 euros para Ballester, en un juicio que concluyó el pasado 1 de octubre.
En su fallo, el Tribunal no pone en duda la autoría de los artículos, reconocida por los acusados, sino que se centra en determinar si estos escritos encajan en el tipo penal de incitación al odio. Respecto a Ballester, el Tribunal reconoce que sus declaraciones pueden considerarse "desafortunadas, maniqueas, vinculadas con estereotipos religiosos o ideológicos intransigentes o que recurren a generalizaciones injustas y arbitrarias". Sin embargo, concluye que tales afirmaciones no constituyen un delito de incitación al odio.
El otro sacerdote implicado también ha sido absuelto, ya que el Tribunal considera que sus declaraciones derivan de "padecimientos psíquicos". En cuanto al director del medio digital, para quien la fiscalía solicitaba cuatro años de prisión, el Tribunal observa "una fijación desorbitada con el islam, el islamismo, la migración y una crítica permanente y continua de tales creencias". A pesar de considerar estas críticas "claramente ofensivas", el Tribunal concluye que no cumplen con la contundencia requerida por la norma penal para ser consideradas incitación al odio, ya que no se ha acreditado la intención de promover actos hostiles o discriminatorios.