El reciente veredicto del Tribunal Regional de Colonia sobre la demanda de indemnización presentada por Melanie F., así como la interpretación del oficio sacerdotal en la Iglesia, siguen generando debate en medios y opinión pública.
El tribunal concluyó que el cuidado de un menor de acogida, objeto central del litigio, fue establecido por el Estado, descartando así cualquier vínculo con actividades eclesiásticas.
En medio de la controversia, el cardenal Rainer Maria Woelki reafirmó la concepción que la archidiócesis de Colonia mantiene sobre la ordenación sacerdotal: “Un sacerdote católico, según la propia concepción de la Iglesia, nunca tiene un día libre. Está llamado a proclamar la Palabra de Dios, celebrar los sacramentos, orar, bendecir y ayudar cuando sea necesario. Se dedica con toda su vida al servicio de Dios y de la humanidad. El Papa Benedicto XVI afirmó acertadamente que el sacerdote vive en medio del mundo, no para sí mismo, sino para los demás”.
El director del Tribunal de Distrito, Frank Hüppelshäuser, subrayó que la interpretación eclesiástica de la ordenación “no fue determinante” en la sentencia. Asimismo, precisó que durante el proceso se evitó comentar sobre las acciones de la demandante o de sus representantes legales.
El caso pudo celebrarse pese a que las reclamaciones habían prescrito gracias a que la Arquidiócesis de Colonia renunció a invocar el plazo de prescripción.
La Conferencia Episcopal Alemana recuerda que el procedimiento de reconocimiento del sufrimiento, administrado por la Comisión Independiente de Servicios de Reconocimiento (UKA), se desarrolla de manera independiente a los procesos estatales. Este mecanismo, que no está sujeto a las estrictas normas procesales civiles y penales, busca agilizar el pago de indemnizaciones a víctimas de violencia sexual, tomando como referencia las tablas estatales para calcular el importe por daños y perjuicios.
Hüppelshäuser indicó que la opción de acudir a la UKA sigue abierta para la demandante, quien —aseguró— “podría haber recibido un pago significativamente mayor al ya abonado” si hubiera completado dicho procedimiento.