El Defensor del Pueblo se desvincula del "acuerdo" entre el Gobierno y la Iglesia

El Defensor del Pueblo se desvincula del "acuerdo" entre el Gobierno y la Iglesia

En una respuesta por escrito a IglesiaNoticias, la institución subraya que “NO ha firmado ningún convenio” y que, aun en el supuesto de existir, “solo” generaría obligaciones para “las partes firmantes”, “no respecto a terceros”.

La respuesta del Defensor del Pueblo se basa en una consulta presentada por este medio a través del portal de Transparencia de la institución. En el escrito, registrado el 15 de enero, se preguntaba por el alcance jurídico del anuncio realizado por el Gobierno el 8 de enero y se planteaban cuestiones concretas: “¿Confirió poder notarial de representación el DdP para dicho convenio? ¿Confirió poder de algún otro modo distinto al notarial? ¿A quién y de qué modo? ¿Dicho convenio es vinculante para un tercero como el Defensor del Pueblo? En caso afirmativo, ¿en qué norma legal se basa?”

El trasfondo es el anuncio difundido por el Ejecutivo el 8 de enero, presentado públicamente como un entendimiento con la Iglesia para articular un mecanismo de reparación y compensación a víctimas de abusos sexuales en el ámbito eclesial, especialmente en aquellos supuestos en que no fuera posible acudir a la vía judicial por prescripción u otras circunstancias. Ese relato se difundió como un “acuerdo histórico” y se vinculó a la idea de “saldar” una deuda moral con las víctimas.

Ante esa presentación pública, este medio preguntó al Defensor del Pueblo si había quedado comprometido por el supuesto convenio, dado que el anuncio atribuía a la institución un papel en el esquema de reparación. La contestación oficial, sin embargo, se desmarca de cualquier obligación.

En el primer punto de su escrito, el Defensor del Pueblo responde con una negativa tajante: “Esta institución NO ha firmado ningún convenio como el que usted parece señalar, ni directamente, ni mediante representante.” Con esa frase, descarta haber otorgado representación para suscribir un documento que pudiera obligarle.

A continuación, el Defensor del Pueblo aclara que, por el contenido de la consulta, el texto aludido debe entenderse como “el Acuerdo entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la Conferencia Episcopal Española y la Conferencia Española de Religiosos”. En ese marco, añade que el documento se vincula al cumplimiento de una recomendación relativa a la reparación de víctimas en casos en que los hechos hayan prescrito o se haya extinguido la acción penal.

El escrito insiste en que la institución no figura entre los firmantes. Tras señalar que el documento puede comprobarse en la web de la Conferencia Episcopal Española, concluye: “Es decir, los representantes de las instituciones citadas en el encabezamiento del documento del acuerdo, entre las que NO figura el Defensor del Pueblo.”

El núcleo jurídico de la respuesta aparece en el punto 4: “En nuestra opinión, sometida a cualquier otra consideración mejor fundada en Derecho, este acuerdo no constituye propiamente un convenio de los previstos en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pero, de serlo, en todo caso crearía obligaciones jurídicas para las partes firmantes del mismo, no respecto a terceros que pudieran ser aludidos en el mismo.” Así, además de cuestionar el encaje jurídico, el Defensor del Pueblo limita cualquier efecto a quienes lo hayan firmado.

La institución refuerza ese criterio con un razonamiento general: “Parece claro que los derechos y obligaciones nacidas de un convenio solo son exigibles para las partes firmantes, de acuerdo con el principio de la autonomía de la voluntad de las partes: quien no ha firmado el convenio no tiene por qué quedar obligado, garantizando el principio constitucional de la seguridad jurídica, al evitar obligaciones impuestas sin consentimiento.”

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Pedro Cabrera
Ayer
Un acuerdo entre el Gobierno y la Iglesia, presentado como un avance para las víctimas de abusos, pone en relieve la falta de claridad y compromiso real en la reparación de estos daños. La desvinculación del Defensor del Pueblo recalca que los anuncios no siempre equivalen a soluciones efectivas, dejando a las víctimas aún en un limbo jurídico.
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